¿Cómo declaro una compra, venta o alquiler?
Vuelve la declaración de la renta. ¿Cómo declaro una compra, venta o alquiler de una vivienda?
La campaña de la renta del 2018 no presenta muchas novedades relacionadas con la compra o venta de una vivienda, pero esta bien repasar la forma correcta de hacerlo a la hora de presentar la declaración. Además, han aumentado las inspecciones fiscales en alquileres vacacionales por lo que es importante declarar este tipo de ingresos, y evitar errores que nos puedan llevar a una sanción.

1. En la compra de una vivienda
La deducción si se compra una vivienda habitual continúa limitada para las que se compraron antes del 2013, siempre que ya se haya aplicado su deducción antes de esa fecha y con un 15% sobre un máximo de 9.015€. En el caso de que la adquisición sea de una segunda vivienda, se tendrá que incluir en el apartado de imputación de renta inmobiliaria.
2. En la venta de una vivienda
Si se ha vendido un inmueble, deberemos indicar la ganancia o perdida patrimonial. Si se ha ganado dinero se tendrá que tributar en función del importe, todo y que existen excepciones para mayores de 65 años o en caso de reinversión en una vivienda habitual. En cambio, si se ha perdido dinero se podrá compensar con otro tipo de ganancias patrimoniales del mismo año.
3. Alquileres de larga duración
Para las viviendas en alquiler de larga duración, el propietario deberá declarar los ingresos obtenidos y los gastos de mantenimiento de la vivienda. Si el alquiler es como uso de vivienda habitual, los ingresos contaran con un beneficio del 60% a nivel fiscal.
Respeto a los inquilinos solo se podrá deducir el gasto de alquiler para quienes firmaron el contrato de arrendamiento antes de enero 2015. Todo y que existen deducciones especificas en algunas comunidades autónomas.
4. Cuidado con las inspecciones de alquiler vacacional
Las inspecciones fiscales en este ámbito han aumentado con el nuevo plan de control tributario. Se incide en la búsqueda de fraude sobre todo en los alquileres vacacionales y de corta duración. La Agencia Tributaria, con el uso de herramientas informáticas son capaces de rastrear los códigos de todas las páginas web y saber las direcciones de las viviendas, y números de teléfono para identificar a los propietarios. Si se detecta algún caso se recibiría un mensaje de advertencia en los datos fiscales en la web de la agencia tributaria.
Por lo tanto, este tipo de alquiler se tendrá que declarar y de manera correcta. Ha habido casos que alquileres de este tipo se declaran, pero con la intención de hacerlos pasar como alquileres de larga duración y poder aplicarse el beneficio del 60%. Ojo, la Agencia Tributaria también revisa este tipo de fraude.
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